La Parte General del Derecho Penal estudia la teoria del delito (conducta, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad), las formas de autoria y participacion, la tentativa, el concurso de delitos y las consecuencias juridicas del delito.
1. Conforme al Codigo Penal Federal, ¿cual es la definicion legal de delito?
Conforme al art. 7, parr. 1 del Codigo Penal Federal, delito es el acto u omision que sancionan las leyes penales; es un concepto formal-legal, no criminologico ni material.
2. Segun el Codigo Penal Federal, en los delitos de resultado material el resultado tipico se atribuye a quien omite impedirlo unicamente cuando:
Conforme al art. 7, parr. 2 del Codigo Penal Federal, en los delitos de resultado material este se atribuye a quien omita impedirlo si tenia el deber juridico de evitarlo (comision por omision u omision impropia).
3. ¿Que caracteriza al delito permanente o continuo conforme al Codigo Penal Federal?
Conforme al art. 7, frac. II del Codigo Penal Federal, el delito permanente o continuo es aquel cuya consumacion se prolonga en el tiempo (por ejemplo, el secuestro o la privacion ilegal de la libertad).
4. De acuerdo con el Codigo Penal Federal, los elementos que configuran el delito continuado son:
Conforme al art. 7, frac. III del Codigo Penal Federal, el delito continuado concurre con unidad de proposito delictivo, pluralidad de conductas y unidad de sujeto pasivo, violando el mismo precepto legal.
5. Segun el Codigo Penal Federal, las acciones u omisiones delictivas solo pueden realizarse:
Conforme al art. 8 del Codigo Penal Federal, las acciones u omisiones delictivas solo pueden realizarse dolosa o culposamente; no existe responsabilidad objetiva ni una tercera forma autonoma vigente.
6. ¿Cual es la definicion legal de dolo en el Codigo Penal Federal?
Conforme al art. 9, parr. 1 del Codigo Penal Federal, obra dolosamente el que, conociendo los elementos del tipo penal o previendo como posible el resultado tipico, quiere o acepta su realizacion; abarca dolo directo y dolo eventual.
7. De acuerdo con el Codigo Penal Federal, obra culposamente quien:
Conforme al art. 9, parr. 2 del Codigo Penal Federal, obra culposamente quien produce el resultado tipico que no previo siendo previsible o previo confiando en que no se produciria, por violar un deber de cuidado que debia y podia observar.
8. ¿Cual es el primer elemento sin el cual no puede existir delito alguno?
Conforme al art. 7 del Codigo Penal Federal, que define el delito como acto u omision, el sustrato del delito es la conducta humana voluntaria; sin conducta no hay delito (los meros pensamientos no se castigan).
9. En la teoria del delito, ¿que se entiende por tipicidad?
La tipicidad es la coincidencia de la conducta con la descripcion legal (tipo). Conforme al art. 7 del Codigo Penal Federal y al art. 14 de la CPEUM, sin tipo previo no hay delito (nullum crimen sine lege).
10. La antijuridicidad de una conducta tipica desaparece cuando:
Conforme al art. 15 del Codigo Penal Federal, la conducta tipica es antijuridica salvo que opere una causa de justificacion (fracs. III a VI). La inimputabilidad, el error de prohibicion y la inexigibilidad excluyen la culpabilidad, no la antijuridicidad.
11. La culpabilidad, como elemento del delito, consiste en:
Conforme a los arts. 13 in fine y 15 fracs. VII a IX del Codigo Penal Federal, la culpabilidad es el reproche al autor imputable que pudo conducirse conforme a derecho; no equivale a causalidad ni a tipicidad.
12. Conforme al Codigo Penal Federal, la tentativa punible existe cuando:
Conforme al art. 12, parr. 1 del Codigo Penal Federal, existe tentativa punible cuando la resolucion de cometer un delito se exterioriza realizando en parte o totalmente los actos ejecutivos, si el delito no se consuma por causas ajenas a la voluntad del agente.
13. Segun el Codigo Penal Federal, la pena aplicable a la tentativa punible podra llegar hasta:
Conforme al art. 63, parr. 1 del Codigo Penal Federal, a la tentativa se aplica, a juicio del juez, hasta las dos terceras partes de la sancion que corresponderia al delito consumado, salvo disposicion en contrario.
14. Si el sujeto desiste espontaneamente de la ejecucion o impide la consumacion del delito, conforme al Codigo Penal Federal:
Conforme al art. 12, parr. 3 del Codigo Penal Federal, si el sujeto desiste espontaneamente de la ejecucion o impide la consumacion, no se le impone pena ni medida de seguridad por la tentativa, sin perjuicio de sancionar los actos ya ejecutados que constituyan delito por si mismos.
15. Conforme al Codigo Penal Federal, ¿quienes responden como autores o participes del delito?
Conforme al art. 13 del Codigo Penal Federal, son autores o participes del delito quienes lo acuerden o preparen, lo realicen por si o conjuntamente, se sirvan de otro, induzcan, auxilien o presten ayuda, entre otros supuestos.
16. En el Codigo Penal Federal, quien determina dolosamente a otro a cometer un delito es:
Conforme al art. 13, frac. V del Codigo Penal Federal, son autores o participes los que determinen dolosamente a otro a cometer el delito; esa figura es la induccion o instigacion.
17. Quien lleva a cabo el delito sirviendose de otro como instrumento (por ejemplo un inimputable o un engañado) es, conforme al Codigo Penal Federal:
Conforme al art. 13, frac. IV del Codigo Penal Federal, son autores los que lleven a cabo el delito sirviendose de otro; esta figura es la autoria mediata, distinta de la induccion.
18. A los complices y a quienes intervienen en la complicidad correspectiva (fracs. VI, VII y VIII del art. 13), el Codigo Penal Federal les aplica la punibilidad del art. 64 bis, que reduce la pena hasta:
Conforme al art. 13 parr. final, en relacion con el art. 64 bis del Codigo Penal Federal, a los sujetos de las fracs. VI, VII y VIII del art. 13 se les aplica una pena reducida hasta las tres cuartas partes de la correspondiente al autor del delito.
19. El art. 15 del Codigo Penal Federal enumera las causas de exclusion del delito. ¿Cuantas fracciones contiene?
Conforme al art. 15 del Codigo Penal Federal, las causas de exclusion del delito se enumeran en diez fracciones (I a X), que agrupan ausencia de conducta, atipicidad, causas de justificacion, inculpabilidad y caso fortuito.
20. ¿Cuales son los requisitos de la legitima defensa conforme al Codigo Penal Federal?
Conforme al art. 15, frac. IV del Codigo Penal Federal, la legitima defensa exige agresion real, actual o inminente y sin derecho; necesidad de la defensa; racionalidad del medio empleado; y que no medie provocacion dolosa suficiente e inmediata del agredido.
21. En el estado de necesidad justificante del Codigo Penal Federal, el bien juridico sacrificado debe ser:
Conforme al art. 15, frac. V del Codigo Penal Federal, se obra en estado de necesidad lesionando otro bien de menor o igual valor que el salvaguardado, ante un peligro real, actual o inminente no ocasionado dolosamente, no evitable por otros medios.
22. Conforme al Codigo Penal Federal, ¿cuando existe concurso ideal de delitos?
Conforme al art. 18, parr. 2 del Codigo Penal Federal, existe concurso ideal cuando con una sola conducta se cometen varios delitos, a diferencia del concurso real que requiere pluralidad de conductas.
23. Conforme al Codigo Penal Federal, en el concurso ideal la sancion del delito de mayor penalidad podra aumentarse:
Conforme al art. 64, parr. 1 del Codigo Penal Federal, en el concurso ideal se impone la sancion del delito que merezca la mayor penalidad, la cual podra aumentarse hasta una mitad del maximo de su duracion, sin exceder los maximos legales.
24. Conforme al Codigo Penal Federal, la pena de prision tiene una duracion de:
Conforme al art. 25, parr. 1 del Codigo Penal Federal, la prision consiste en la privacion de la libertad corporal y su duracion sera de tres dias a sesenta años, salvo los casos en que la ley prevea pena adicional por nuevo delito en reclusion.
25. De acuerdo con la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, ¿cual de las siguientes penas esta prohibida?
Conforme al art. 22 de la CPEUM, quedan prohibidas las penas de muerte, mutilacion, infamia, marca, azotes, tormento, multa excesiva, confiscacion de bienes y cualesquiera penas inusitadas y trascendentales.
26. Conforme al Codigo Penal Federal, al individualizar la pena el juez debe tomar en cuenta:
Conforme al art. 51, parr. 1 del Codigo Penal Federal, dentro de los limites fijados por la ley los jueces aplicaran las sanciones tomando en cuenta las circunstancias exteriores de ejecucion y las peculiares del delincuente.
27. Conforme al Codigo Penal Federal, la accion penal en delitos con pena privativa de libertad prescribe en un plazo igual:
Conforme al art. 105 del Codigo Penal Federal, la accion penal prescribe en un plazo igual al termino medio aritmetico de la pena privativa de libertad, pero en ningun caso sera menor de tres años.
28. Conforme al art. 52 del Codigo Penal Federal, el juez fija las penas dentro de los limites legales con base, principalmente, en:
Conforme al art. 52 del Codigo Penal Federal, el juez fija las penas dentro de los limites legales con base en la gravedad del ilicito y el grado de culpabilidad del agente, ponderando los factores de las fracs. I a V.
29. Conforme al art. 113 del Codigo Penal Federal, salvo disposicion en contrario, la pena privativa de libertad prescribe en un plazo:
Conforme al art. 113 del Codigo Penal Federal, la pena privativa de libertad prescribe en un plazo igual al fijado en la condena mas una cuarta parte, pero no menor de tres años.
30. Respecto de la punibilidad de los delitos culposos en el Codigo Penal Federal, es correcto afirmar que:
Conforme al art. 60, parr. final, del Codigo Penal Federal, los delitos culposos solo se sancionan en los casos expresamente determinados por la ley; el catalogo de tipos culposos punibles es cerrado.
31. La atipicidad por falta de un elemento del tipo penal esta prevista en el Codigo Penal Federal cuando:
Conforme al art. 15, frac. II, del Codigo Penal Federal, se excluye el delito cuando se demuestre la inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripcion tipica del delito de que se trate (atipicidad).
32. El consentimiento del titular del bien juridico excluye el delito conforme al art. 15, frac. III del Codigo Penal Federal, siempre que, entre otros requisitos, el bien sea:
Conforme al art. 15, frac. III del Codigo Penal Federal, el consentimiento excluye el delito si el bien es disponible, el titular tiene capacidad juridica para disponer libremente y el consentimiento es expreso o tacito sin vicio. La vida no es bien disponible.
33. La inimputabilidad como causa de exclusion del delito (art. 15, frac. VII del Codigo Penal Federal) se funda en que, al momento del hecho, el agente:
Conforme al art. 15, frac. VII del Codigo Penal Federal, hay inimputabilidad cuando el agente no puede comprender el caracter ilicito del hecho o conducirse conforme a esa comprension por trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, salvo que se haya provocado dolosa o culposamente ese estado.
34. La diferencia entre error de tipo y error de prohibicion del art. 15, frac. VIII del Codigo Penal Federal radica en que:
Conforme al art. 15, frac. VIII del Codigo Penal Federal, el error de tipo (inc. a) recae sobre un elemento esencial del tipo y excluye el dolo; el error de prohibicion (inc. b) recae sobre la ilicitud de la conducta y excluye la culpabilidad.
35. Cuando una persona se excede en la legitima defensa, el estado de necesidad o el cumplimiento de un deber, el art. 16 del Codigo Penal Federal dispone que se le aplique:
Conforme al art. 16 del Codigo Penal Federal, al que se exceda en los casos de las fracs. IV, V y VI del art. 15 (defensa, necesidad, cumplimiento de deber o ejercicio de derecho) se le aplicara la pena del delito culposo.